Las determinaciones estimativas del seguro social pueden ser impugnadas

Si los patrones no proporcionan la información requerida, el Seguro Social fijará en cantidad líquida los créditos cuyo pago se hubiesen omitido, aplicando en su caso, los datos con los que cuente y los que de acuerdo con sus experiencias considere como probables, procedimiento conocido como estimativa de cuotas obrero-patronales.

Igualmente el Seguro Social puede imponer una multa al patrón por el equivalente al importe de 20 a 210 veces el salario mínimo general vigente.

De no hacerse el pago, el IMSS puede iniciar el procedimiento administrativo de ejecución para exigirlo cuyo desarrollo deberá revestir las formalidades “Del Procedimiento Administrativo de Ejecución”

Para contrarrestar dichos actos tenemos como defensa fiscal, de acuerdo al artículo 295 de la Ley del Seguro Social, tramitar una controversia ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa (TFJFA), en este caso cuando está bien fundamentada y claro, cuando la razón está de parte del contribuyente.

Cuando se tramita la demanda de nulidad en el TFJFA, el IMSS sigue en su proceso de cobro, por eso el contribuyente para poder garantizar los bienes materiales cuyo importe monetario son motivo de querella y que sin ellos puede verse suspendida su actividad ó sea de impacto financiero negativo, puede recurrir a solicitar se garanticen las medidas cautelares que puedan dañar a una de las partes.

De igual manera en caso de que se determine un crédito fiscal por la estimación de las cuotas obrero-patronales, éste se puede impugnarse a través de un recurso de inconformidad ante el Consejo Consultivo Delegacional relativo al domicilio del registro patronal dentro de los 15 días siguientes a aquel en que surta efectos ese acto del Instituto, o en su caso, un juicio de nulidad por la vía sumaria ante el TFJFA si el monto de lo adeudado no rebasa de cinco veces el salario mínimo general vigente al año al momento de su emisión, o si excede esa cantidad por el procedimiento ordinario, dentro de los 45 días hábiles siguientes a que surta efectos la notificación .

De todo esto se concluye que la estimativa de cuotas es el procedimiento aplicado por el IMSS a los patrones de la construcción para verificar el pago correcto de las cuotas obrero-patronales causadas por una obra, es decir cuando los sujetos obligados omiten total o parcialmente el pago de las cuotas de seguridad social.

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