Multa por no respetar los preciso de venta máximos al publico (cre)

Por no respetar el precio máximo de venta al público de gasolina y diésel la CRE emitió 2 resoluciones que derivaron en multas por un millón 95 mil 600 pesos.

En el caso del mercado de gas LP, la Comisión determino imponer 8 sanciones económicas y la revocación de un título de permiso, además de que 5 procedimientos se encuentran en proceso de resolución y en 12 se determinó no imponer sanciones.

Siete de las resoluciones en dicho mercado fueron por no haber respetado el precio máximo de venta al público de gas LP, lo que derivó en multas por un millón 95 mil 600 pesos.

Pero para esto existen medios de defensa contra multas del la CRE, como lo son:

  1. El recurso administrativo
  2. El juicio contencioso administrativo federal.-

iii. El juicio mercantil.-

  1. Los métodos alternativos de solución de controversias.- Cuando estos sean contemplados en los contratos administra vos otorgados por la CFE como el arbitraje; la negociación; la mediación; o conciliación; y

 

  1. El amparo directo o indirecto.- Según sea el caso procederá el amparo directo o el indirecto, entendiendo que el artículo 103 de nuestro Pacto Federal, y el artículo 1 de la Ley de Amparo señalan que el juicio de amparo es procedente en términos generales:

(a) en contra de normas generales, actos u omisiones de la autoridad que violen los derechos humanos reconocidos, y las garantías otorgadas para su protección por la Constitución, así como por los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte;

(b) por normas generales o actos de la autoridad federal que vulneren o restrinjan la soberanía de los Estados o la autonomía de la Ciudad de México; y

(c) por normas generales o actos de las autoridades de las entidades federa vas que invadan la esfera de competencia de la autoridad federal.

 

Así mismo, la Ley de Amparo señala en su artículo 107 que el amparo indirecto procede:

(a) contra normas generales que por su sola entrada en vigor o con motivo del primer acto de su aplicación causen perjuicio al quejoso (CRE);

(b) contra actos u omisiones que provengan de autoridades distintas de los tribunales judiciales, administra vos o del trabajo (CRE); y

(c) contra actos, omisiones o resoluciones provenientes de un procedimiento administrativo seguido en forma de juicio (CRE).