El contrato de compra-venta es aquel contrato bilateral en el que una de las partes (vendedora) se obliga a la entrega de una cosa determinada y la otra (compradora) a pagar por ella un cierto precio, en dinero signo que lo represente. También, este posee mayor importancia entre los de clase porque se trata del contrato tipo traslativo dominio y, además, porque constituye la principal forma moderna de adquisición de riqueza; es decir, tanto en su función jurídica como económica, debe merecer un estudio especial.
El cumplimento de contrato de compraventa es un acto que celebran un o más personas respecto de caso de que esta no cumpla con las misma la parte compradora estará en condiciones de iniciar un juicio para el cumplimento de contrato de compraventa, juicio que se llevara a cabo dependiendo el lugar donde se encuentre el inmueble, o en su caso el lugar donde se haya celebrado un inmueble y en el que se pacta precio y entrega y en la que la parte que recibe cierta cantidad de dinero por la trasmisión del inmueble misma que está obligada a la entrega, mas sin embargo para el contrato de compraventa.
Se debe aclarar que para que el juicio sea procedente debe de contar con el contrato de compraventa en original mismo que se exhibirá ante el juez competente de la entidad.
Una vez presentada la demanda para cumplimiento de contrato de compraventa de inmueble se procederá a notificar al vendedor (demandado), para el mismo de cumplimento al cumplimiento de contrato de compraventa de inmueble el cual tendrá la obligación de señalar los motivos por los cuales no desea o no quiere dar debido cumplimiento de contrato de compraventa de inmueble, cabe destacar que el comprador (parte actora en juicio) podrá obtener mediante sentencia dictada por el Juez de la entidad para que el vendedor (demandado) haga la entrega física y material del inmueble que fue objeto de cumplimiento de contrato de compraventa de inmueble.