Plazo para dar de alta a un trabajador en el IMSS

Los patrones tienen un plazo de 5 días hábiles para dar de alta en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) a sus trabajadores una vez contratados, y debe ser por el total de su sueldo.

Los auditores verifican en las empresas que todos los empleados cuenten con esta prestación, como lo establece el artículo 15 de la Ley del Seguro Social.

Aunque no se sanciona a los patrones que incumplen con esta obligación, si se detectan casos se les exhorta a regularizarse y se les cobra, en una sola exhibición, el pago correspondiente a las cuotas por el tiempo que tiene el trabajador sin ser dado de alta.

Los derechohabientes deben ser dados de alta con el sueldo íntegro que reciben, pues si se reporta una cantidad inferior les afecta en otras prestaciones, como créditos hipotecarios y en su retiro.

El  IMSS se ha modernizado y que ahora el alta, cambios y baja de trabajadores se hacen por medio de una firma digital, en internet.

Los trabajadores que no hayan sido dados de alta en el IMSS pueden interponer una queja en las oficinas del Departamento de Auditoría de la Delegación de IMSS, a partir de la cual se hace la investigación correspondiente.

Los patrones que presenten en una sola exhibición cinco o más movimientos de afiliación, deberán hacerlo a través de medios magnéticos, digitales, electrónicos, ópticos, magneto-ópticos o de cualquier otra naturaleza.

El IMSS, al recibir el aviso de inscripción de un trabajador, verificará que éste contenga la CURP del trabajador.

El patrón deberá solicitar al trabajador su CURP. La omisión en la presentación de este documento no exime al patrón de la obligación de inscribirlo ante el Instituto.

Es importante mencionar que el IMSS ofrece a las empresas la facilidad de comunicar los movimientos afiliatorios de los trabajadores asegurados, mediante dispositivos magnéticos (discos para computadora) o de telecomunicación (IMSS desde su empresa), pues la información procesada por esos conductos tiene valor probatorio para todo efecto legal.

Este procedimiento permite la comunicación masiva de los movimientos de reingreso y baja, además de las modificaciones de salario de los trabajadores asegurados.

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