Demanda reivindicatoria de parcela ejidal

En estos casos el posesionario regular, al contar con un certificado de derechos agrarios, tiene las mismas prerrogativas que el ejidatario sobre su parcela, en la medida en que los ejidatarios, comuneros y posesionarios tengan derechos reconocidos por la ley, están interesados en defenderlos. En consecuencia, cuando su posesión es perturbada, aquél se encuentra legitimado para ejercer la acción reivindicatoria correspondiente, al habérsele concedido el derecho de uso y disfrute sobre una superficie consignada en el certificado parcelario, sin que importe que no tenga la calidad de ejidatario.

Tal acción compete a quien no está en posesión de la parcela de la cual tiene la titularidad y su efecto es declarar que el actor es el titular y se la entregue el demandado; y sus elementos son:

a). La titularidad de la parcela que reclama,

b). La posesión por parte del demandado, y,

c). La identidad de la misma

De modo que no pueda dudarse cuál es la parcela que pretende el actor se le restituya y a que se refieran los documentos fundatorios de la acción y las restantes pruebas aportadas, precisándose su situación, medidas, superficie y linderos, hechos que se pueden demostrar con cualquiera de los medios de prueba que reconoce la ley; de suerte que en el juicio quede justificado que la parcela reclamada es la misma que está amparada por el título en que se funda la reclamación.

Para que la acción reivindicatoria en materia agraria sea procedente, es menester que se satisfagan los requisitos de la acción reivindicatoria que rige en materia civil, esto es, que la propiedad del inmueble pueda acreditarse con el certificado de derechos agrarios correspondiente; la identidad del bien, de no existir controversia, queda identificada cuando el demandado confiesa estar en posesión del mismo y en el supuesto de existir controversia a ese respecto, el elemento de identidad deberá demostrarse con el acta de ejecución de la resolución presidencial que dotó o amplió al ejido de tierras, así como con el plano de ejecución y adjudicación de parcelas, que permitan ubicar la unidad de dotación en conflicto, corroborado con la prueba pericial donde razonadamente se expliquen los elementos que permiten identificar la cosa perseguida.

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