Hoy en día, cualquier persona que habita en territorio Mexicano y que estuviera inconforme con la construcción de una obra pública porque causa daño ambiental, si pudiera acreditar este daño, estaría legitimada para acudir a un juez de jurisdicción ambiental especializada y demandar que se detenga el proyecto, se repare el daño y se imponga una sanción económica a la empresa constructora que habría ilegalmente llevado a cabo la obra.
La autoridad encargada de multar este tipo de acciones es la PROFEPA
La imposición de sanciones administrativas (multas) por parte de las autoridades mexicanas se han incrementado considerablemente en los últimos años debido a la necesidad de vigilar áreas de mucho interés para la sociedad como son las telecomunicaciones, el medio ambiente, competencia económica, impuestos, aduanas, concesiones, energía, responsabilidad del Estado, entre otras muchas otras áreas reguladas.
Los abogados en esta área se encuentran especializados en derecho administrativo sancionador, lo que les permite prevenir y, en su caso, defender a nuestros clientes de sanciones administrativas impuestas por el Gobierno en dichas materias reguladas, ya sea ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, tribunales administrativos estatales, las propias secretarías de Estado, organismos públicos autónomos y cualquier otra entidad con atribuciones reguladas por el Estado, así como desarrollar estrategias legales acorde a las necesidades de los clientes.
- obtener sentencias firmes en un plazo de 5 meses ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa en multas menores a 200 mil pesos impuestas por la PROFEPA a través del juicio en línea.
- llevar casos en materia de residuos peligrosos, por multas bajo la teoría de responsabilidad objetiva.
La ley ambiental es una de las nuevas materias en donde los abogados ven absolutamente toda la complejidad del sistema de justicia y los nuevos aspectos del derecho económico mexicano.
Y en ese sentido destacó: “Por qué necesitamos conocer de derecho ambiental (los abogados corporativos, fiscalistas, litigantes); porque los delitos contra el ambiente, hablamos del sistema penal, están contemplados en un listado de delitos que pueden imputarse ahora a una persona jurídica, es decir, a una empresa. Podemos sujetar a juicio penal a una empresa, independientemente de lo que hayan hecho o no sus empleados”.