Acción de pago de fianza

La ACCIÓN DE PAGO DE FIANZA, es común en los negocios mercantiles y en la celebración de contratos de obra o prestación de servicios entre particulares o dependencia de gubernamentales en este último por lo regular en licitaciones para estos casos el prestador de servicios para garantizar la realización los trabajos o prestación de servicios y que los trabajos que se formalizaron en un contrato se cumplirán conforme a lo establecido tanto en tiempos, calidad y formalidad, la fianza deberá ser expedida por una afianzadora reconocida y cumplir con los lineamientos de la misma.

Es importante hacer notar que la fianza que se expidió para garantizar los trabajos y los cuales ya concluyeron satisfactoriamente se haga el trámite para cancelación y se expida carta de terminación y de conformidad con la obra o prestación de servicios.

Lo anterior y para garantizar que la fianza no haga valer de manera injusta e ilegal y ser devuelta al prestador, se debe de obtener carta de terminación de obra o de servicios y acudir a la afianzadora a iniciar el trámite de la cancelación.

Por otro lado existen también momentos que el prestador de servicios incumple a los establecido en el contrato la parte afectada y la fianza es un medio por el cual la parte que salió afectada podrá mediante medio legal iniciar juicio con el cual solicitar mediante juez que la misma se haga efectiva, esto con los medios de prueba pertinentes para poder demostrar el incumplimiento por parte del prestador de servicios juicio mediante el cual se solicita ante dicha Autoridad el Cumplimiento y pago de la Fianza.

De lo anterior y una vez que se lleve el juicio en todas sus etapas procesales dentro de las cuales se tendrá que llamar a juicio a la afianzadora para que manifieste lo que corresponda y demostrar debidamente el incumplimiento se dictara sentencia mediante la cual se obligue a la parte que incumplió el contrato de obra o de servicios para que este haga pago a la parte afectada y por consecuencia se haga efectiva la fianza que se otorgó como garantía del contrato que celebraron las partes, en virtud de que la misma fue dada en garantía para el caso de algún incumplimiento la fianza se pagara a la parte afectada.

Deja un comentario