Documentos necesarios para escriturar un terreno

  • Contrato de compraventa.
  • Escritura original.
  • Cancelación de hipoteca.
  • Boleta predial sin adeudo.
  • Acta de matrimonio.
  • Sentencia de divorcio.
  • Acta de disolución conyugal.
  • Identificaciones
  • Regímenes de condominio.
  • Carta de no adeudo de mantenimiento.
  • Planos arquitectónicos.
  • Licencia de construcción.
  • Alineamiento y número oficial.
  • Terminación de obra.

Procedimientos para otorgar escritura

  1. Recepción de documento (asesor junto con propietario).
  2. Armado de expediente (asesor y Notario).
  3. Certificado de libertad de gravamen (sólo lo puede pedir el Notario o propietario).
  4. Certificado de no adeudo de predial y agua (corresponde al Notario).
  5. Constancia de zonificación (uso de suelo se solicita ante SEDUVI).
  6. Anotación Preventiva (el Notario dará aviso a diversas instituciones que se hará un traslado de dominio).
  7. Avalúo (lo elabora el banco, financiera y notaria).
  8. Calculo del I.S.R. (labor que le corresponde al notario y lo paga el vendedor pero se puede exentar el pago).
  9. Calculo del I.S.A.I y gastos notariales (labor que le corresponde al notario y lo paga el comprador).
  10. Transcripción (labor que le corresponde al notario)
  11. Coordinación de fecha, hora y lugar para la escrituración (le corresponde al asesor o gerente de ventas).
  12. Inscripción ante el Registro Público de la Propiedad (esperar a que se concluya el documento).
  13. Entrega del testimonio de la escritura (labor que le corresponde al notario y deber del asesor acompañar al cliente el sentirá más seguro).
  14. Fin de nuestro trabajo.

Impuestos más comunes al escriturar

  • ISR
  • ISAI
  • IVA

El ISAI es un pago que le corresponde al comprador, se realiza ante Notario Público y al momento de firmar la escrituración de la propiedad. El valor del ISAI es aproximadamente del 2% sobre el valor de la vivienda según avalúo, aunque el porcentaje varía en cada estado del país. El impuesto del ISR le corresponde pagar al propietario y lo puede exentar siempre y cuando demuestre que ha vivido en el inmueble en los últimos 5 años y no haber exentado el impuesto 5 años anteriores, algunos documentos con los que se puede exentar el ISR son:

  • Credencial de elector.
  • Recibos de luz o teléfono fijo.
  • Estados de cuenta de instituciones financieras o casas comerciales.
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