Multas por irregularidades en el Reparto de Utilidades
Multas por irregularidades en el Reparto de Utilidades
La participación de los trabajadores en las utilidades (PTU) de la empresa es un derecho de los trabajadores mexicanos. La participación de los trabajadores en las utilidades (PTU) es una medida implementada con el objetivo de redistribuir a los trabajadores la riqueza generada por ellos en su lugar de trabajo. Se trata de un derecho, por lo que su repartición, de darse las condiciones establecidas en la ley, no es una cuestión opcional para el patrón, sino una obligación. La multa de acuerdo a la fracción II del artículo 994 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), los patrones que incumplan la obligación del reparto de utilidades tendrán que pagar una multa de entre 250 y 5 mil UMA diarias.
El valor de la UMA diaria en 2019 es de $84.49, por lo que el rango de la sanción puede ser de entre 21 mil 122.5 pesos y 422 mil 450 pesos.
La multa puede ser aplicada por cada uno de los trabajadores afectados por el incumplimiento Si no te pagan las utilidades la fecha límite para el cumplimiento de la obligación varía, pues debe realizarse entre el 1 de mayo y el 29 de junio en el caso de las personas físicas, y entre el 1 de abril y el 30 de mayo en el de las morales. Si el patrón incumple con el pago en estas fechas, y el trabajador está en la nómina de la empresa y tiene al menos dos meses laborando, puede acercarse a la Procuraduría de la Defensa del Trabajador (Profedet) para denunciar la situación. Cabe mencionar que no todas las empresas están obligadas a repartir PTU, entre éstas se encuentran las que tienen menos de un año de existencia o las que ejecutan actos con fines humanitarios o sin propósitos de lucro. A partir del 1 de febrero 2020 incrementarán los montos de las multas por incumplimientos laborales debido al aumento que tuvo este año la Unidad de Medida y Actualización (UMA). La sanciones aumentarán 2.8% e irán de un rango de entre 4,344 y 434,400 pesos dependiendo de la infracción. Después del ajuste anunciado a mediados de enero por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), la UMA quedó con un valor de 86.88 pesos diarios, cifra vigente entre el 1 de febrero del 2020 y el 31 de enero del 2021. Desde el 2016 ésta es la referencia económica en pesos para determinar el pago de obligaciones y supuestos previstos en las leyes y diversas disposiciones jurídicas. La Ley Federal del Trabajo (LFT) tiene un capítulo sobre responsabilidades y sanciones en el que establece las veces que será considerada la UMA para imponer una multa, dependiendo la causa. Los patrones pueden recibir una multa por diversos motivos, como no repartir utilidades entre los trabajadores, discriminar a los empleados, despedir a una mujer por estar embarazada, tolerar el hostigamiento o acoso laboral, incumplir con las normas de seguridad e higiene y hasta por impedir una inspección de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).
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