El contrato de compraventa de la vivienda puede rescindirse si se produce un incumplimiento grave por cualquiera de las partes. La obligación del vendedor es entregar la vivienda y “responder frente al comprador tanto de la posesión legal y pacífica de la cosa, como de los vicios o defectos ocultos que esta pudiese tener”.
La entrega se entiende que tiene lugar, salvo pacto en contrario, con la firma de la escritura pública de compraventa.
El comprador está obligado al pago del precio en los plazos convenidos y en el lugar pactado en el contrato de compraventa. Además, el comprador debe recabar la documentación pertinente del vendedor: cédula de habitabilidad, certificado energético y certificado comunidad relativo a posibles deudas “y comprobar que sea correcta, de no ser así, no podrá servir de fundamento para solicitar una rescisión del contrato.
Motivos de recisión de contrato
- Entrega de otra cosa diferente a la vivienda
La principal obligación del vendedor es la entrega de la cosa pactada
- No pagar la cantidad acordada en plazo
Si las partes han pactado un pago aplazado de la vivienda y el comprador no cumple los plazos, el vendedor no puede rescindir el contrato. “El comprador continuaría siendo propietario del inmueble y el vendedor podría interponer la correspondiente demanda judicial en reclamación de la cantidad debida”,
No obstante, el vendedor puede pedir la rescisión del contrato si se produce un incumplimiento en el pago aplazado del precio de la vivienda por parte del comprador, siempre que se incorpore esta condición como resolutoria del contrato.
- Existencia de vicios ocultos
La existencia de vicios ocultos o defectos previos a la compraventa pueden ser causa de resolución del contrato por parte del comprador, porque “el vendedor responde del saneamiento por evicción o vicios ocultos de la cosa vendida.
- Cómo reclamar el incumplimiento
Si se produce el incumplimiento del contrato de compraventa, las partes pueden interponer un procedimiento judicial para resolver el conflicto, teniendo en cuenta que solo serán admitidos por los Juzgados los incumplimientos que merezcan la condición de graves y esenciales.