Abogado Civil para controversias de Acción cambiaría

Abogado Civil para controversias de Acción cambiaria

Nuestro despacho de Abogados da seguimiento a procedimientos relacionados con Acción reivindicatoria

La accion cambiaria se ejercita: i. en caso de falta de aceptación o de aceptación parcial; ii. En caso de falta de pago o de pago parcial; iii. Cuando el girado o el aceptante fueren declarados en estado de quiebra o de concurso. En los casos de las fracciones i y iii, la acción puede deducirse aun antes del vencimiento por el importe total de la letra, o tratándose de aceptación parcial, por la parte no aceptada. Artículo 153. el obligado en vía de regreso que paga la letra tiene derecho a exigir, por medio de la acción cambiaria: i. el reembolso de lo que hubiere pagado, menos las costas a que haya sido condenado; ii. Intereses moratorios al tipo legal sobre esa suma desde la fecha de su pago; iii. los gastos de cobranza y los demás gastos legítimos; y iv. el premio del cambio entre la plaza de su domicilio y la del reembolso, más los gastos de situación.

 

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