En primer lugar, cuando existe una o varias causas de rescisión del contrato (puede ser por faltas del empleado, por reducción de personal, por finalización de un contrato o trabajo específico), es recomendable que el empleador termine la relación profesional con el trabajador “cara a cara”, pero también que le haga firmar los documentos que atestigüen que la persona conocía los motivos del despido o desvinculación. De esta manera, si el ex empleado va a tribunales a realizar una demanda de despido injustificado, tienes la prueba de que la persona sabía las razones.
Algunas recomendaciones que pueden ayudarte en estos casos:
- Cuando exista alguna causa de rescisión, es recomendable que el empleador o patrón termine la relación de trabajo con el empleado, especificando las causas por las cuales ha sido despedido, asegurando mucho más fuerza jurídica y comprobando causales para realizar el despido.
- Si el trabajador abandona su trabajo, el patrón debe conservarlo, con un periodo máximo de 15 días, ante el IMSS. Pasando este periodo, el patrón deberá realizar la baja del trabajador justificando abandono de trabajo o ausentismo.
- En caso de abandono, se recomienda realizar una investigación ante el IMSS para ver si el trabajador ya cuenta con otro empleo. De esta forma, se puede alegar el abandono de manera justificada al demostrar que el trabajador ya contaba con un trabajo.
- El empleador o patrón deberá entregar el aviso de recisión del trabajador en cuanto se presente el abandono laboral. De esta forma justificará cualquier causa aparente de despido injustificado. De acuerdo con el especialista, éste podría ser el punto más importante.
La Ley Federal del Trabajo es, como sabemos, protectora de los derechos de los trabajadores, dejando en muchas ocasiones, en una gran desventaja a los patrones.
Uno de los aspectos que todo patrón debe cuidar siempre es la forma en que acreditará en juicio las condiciones de trabajo. Entre ella se encuentran, entre otras, el horario de labores y el salario.
Como patrón, es importante que cuentes con los recibos del salario de tus trabajadores, firmados de su puño y letra. De esta forma podrás, en caso de juicio, acreditar el verdadero pago que percibía el trabajador.