Opinión de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras que requiere el Instituto Federal de Telecomunicaciones para concesionar los servicios de radiodifusión, cuando en la sociedad solicitante participe la inversión extranjera

  • Comprobante de pago de derechos productos o aprovechamientos
  • Escrito Libre
  • Instrumento jurídico que acredite la personalidad del representante legal
  • Escritura, acta, certificado o cualquier otro instrumento de constitución de la sociedad solicitante incluyendo a cualquier persona o entidad que participe o pretenda participar de manera directa en el capital de ésta o de manera indirecta
  • Estatutos sociales vigentes
  • Acta de asamblea
  • Opinión de la comisión nacional de inversiones extranjeras para los efectos del artículo 77 de la ley federal de telecomunicaciones y radiodifusión $18,459.73 mxn

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