Multas aeronáuticas civil, pueden ser impugnadas
Aeronáutica civil es la actividad aérea de aeronaves con los servicios anexos, pertenecientes a personas físicas o jurídicas y de las que pertenezcan a la República cuando no forman parte de sus fuerzas militares.
La aplicación administrativa del Código Aeronáutico corresponde al Ministerio de Defensa Nacional por intermedio de la Dirección de Aeronáutica Civil.
las infracciones a las disposiciones del código aeronáutico y sus normas reglamentarias serán sancionadas con:
1) apercibimiento.
2) Multa:
- a) Para el caso de los titulares de certificados de idoneidad relativos al ejercicio de funciones aeronáuticas.
- b) Para el caso de las restantes actividades aeronáuticas,
3) inhabilitación temporaria hasta 4 años, o definitiva, de las facultades conferidas por los certificados de idoneidad aeronáutica.
4) suspensión temporaria hasta por 6 meses, de las autorizaciones otorgadas para la explotación de trabajo aéreo.
5) retiro de las autorizaciones acordadas para la explotación de trabajo aéreo.
Multas aeronáuticas civil, pueden ser impugnadas mediante recurso o en su caso ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en caso de requerir Asesoría Contáctenos