Ejecución de convenio celebrados ante autoridades

En este teman de la EJECUCIÓN DE CONVENIO CELEBRADOS ANTE AUTORIDADES, tenemos la existencia de un antecedente en donde las partes que intervienen aquí ya tuvieron la experiencia de un juicio y en donde antes de llegar a  que se dicte una sentencia por alguna autoridad las partes que en el intervinieron llegaron a una acuerdo, en el cual se obligaron ante una autoridad hacerlo, en otras palabras la EJECUCIÓN DE CONVENIO CELEBRADOS ANTE AUTORIDADES es una especie de obligación en la que se reconoció por ejemplo un adeudo y se señaló forma de pago, la entrega de bienes contratados y se pactó al entrega de los mismos o la devolución de algún dinero, otro ejemplo es el reconocimiento de entrega de algún bien inmueble comprado y este no sea entregado en tiempo y forma  en fin podrán ser diversos ejemplos de incumplimiento y en donde por lo regular existe un juicio y se llegó a un acuerdo.

Ahora bien la EJECUCIÓN DE CONVENIO CELEBRADOS ANTE AUTORIDADES, en algunas ocasiones no es cumplidos por las partes que se obligaron en dicho convenio y por tal razón la parte que se ve afectada tendrá la posibilidad de iniciar una demanda de EJECUCIÓN DE CONVENIO CELEBRADOS ANTE AUTORIDADES, la cual es un pequeño juicio que se debe de iniciar en el lugar en donde se celebró como podrá ser el caso de que se inicie en el juzgado en donde las partes se obligaron a cumplir en un convenio, en este caso se inicia mediante una incidente de EJECUCIÓN DE CONVENIO CELEBRADOS ANTE AUTORIDADES, en donde el juez ordenara que se le notifique el incumplimiento al convenio y se le ordenara que este lo cumpla en caso de no ser así existen posibilidades de que embargar bienes y que la parte que incumplió el convenio aun así de cumplimiento al mismo.

También existen convenios que se celebran con diversas autoridades que no son precisamente convenio ante algún Juez, si no que estos se celebraron ante alguna agencia del ministerio público, Juez Conciliador o cualquier entidad que tenga el carácter de autoridad, en este caso tenemos que necesidad de acudir ante algún Tribunal y en donde se iniciara con una demanda en la que nuestro documento será el documento base de la acción y el cual será la base para iniciar un juicio, mismo que deberá ser notificado al deudor  en el que se le obligara a que cumpla el convenio y en caso de no será así  se pudieran embargar bienes para garantizar el adeudo existente, juicio que se  tendrán que presentar y exhibir prueba del incumplimiento, como ejemplo si en un divorcio las partes acuerdan mediante un convenio que uno de ellos depositara al otro alguna cantidad de dinero como pensión alimenticia y este no lo hace se le tendrá que demandad la EJECUCIÓN DE CONVENIO CELEBRADOS ANTE AUTORIDADES.

La ejecución no es otra cosa que obligar al deudor que pague o cumpla lo que se obligó en el convenio celebrado ante autoridades lo cual debe iniciarse con una demanda y pedir la EJECUCIÓN DE CONVENIO CELEBRADOS ANTE AUTORIDADES.

Deja una respuesta