Multas de SAT por depósitos en efectivo

Multas de SAT por depósitos en efectivo

Resultado de imagen de Multas de SAT por depósitos en efectivoHay quienes piensan que no están obligados a pagar impuestos tratándose de depósitos en efectivo y no es así. Y aunque desde el 2014 que se eliminó el Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE), el cual consistía en una retención del 3% de los importes superiores a los 15 mil pesos que fueran depositados en efectivo, a través de las instituciones del sistema financiero; además estas tenían como obligación reportar a la autoridad dichos depósitos. Probablemente has escuchado que si recibes depósitos en efectivo en tu cuenta bancaria no tienes que pagar impuestos por esos ingresos. El Servicio de Administración Tributaria (SAT) considera ingresos, con algunas excepciones, todo lo que incremente el patrimonio de los contribuyentes. Así, sin importar si se trata de depósitos en efectivo u algún otro medio, la obligación de pagar impuestos sí existe. Si en todas tus cuentas de un mismo banco, recibes depósitos en efectivo de más de 15 mil pesos, el banco está obligado a informar al SAT (Ley del ISR, artículo 55). Es decir, cuando los depósitos son iguales o inferiores a esta cifra, el banco no está obligado a informar, por lo que es probable que el SAT nunca se entere. Algunas personas pueden llegar a confundir esto con una exención de la obligación del pago de impuestos y no es el caso. Es importante mencionar que de conformidad con el articulo 95 del RLISR, se entienden por depósitos en efectivo, las cantidades en efectivo destinadas al pago de un crédito, préstamo o financiamiento otorgado por una institución del sistema financiero a una persona física o moral, que excedan del monto adeudado por tales conceptos. Conviene precisar que aunque la LISR haga alusión a un reporte anual, hay una facilidad que señala que cuando las instituciones del sistema financiero opten por informar estos depósitos, a más tardar el día 10 del mes de calendario inmediato siguiente al que corresponda, utilizando la forma electrónica IDE-M “Declaración mensual de depósitos en efectivo” se entenderá por satisfecha la exigencia legal en comento. Por lo anterior, los contribuyentes deben estar conscientes de que los depósitos superiores a los 15 mil pesos están siendo reportados a la autoridad, toda vez que si bien desapareció la retención del IDE, surgió la disposición en la LISR que obliga a las instituciones financieras a reportar dichas operaciones al SAT, lo cual es evidentemente un foco de alarma para iniciar una revisión. Por otro lado se concluye que no hay una multa como tal por los depositos hechos en efectivo, sino solo informar su procedencia y en todo caso su aplicación para determinar si hubiera que pagar impuesto o no.

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