Multas del IMSS por construcción

Multas del IMSS por construcción
Multas del IMSS por construcciónSin seguridad social el 80% de trabajadores de la construcción ...
Por error, no registramos al IMSS una obra de construcción. Por tanto, deseo saber si existe una sanción por nuestro incumplimiento.
El patrón deberá registrar ante el Instituto en la Subdelegación correspondiente a la ubicación de la obra, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha de inicio de los trabajos, el tipo de obra, su ubicación, trabajos a realizar y/o fase de la construcción.
Para ello, se deberán utilizar los formatos que al efecto autorice el Instituto y se entregará en dispositivo magnético la siguiente documentación: presupuesto de obra, análisis de precios.
Para ello lo primero que debe hacer es darse de alta como patrón de la construcción ante el seguro social, solo si no contrata los servicios de una empresa de la construcción, porque si es así, se puede acordar, mediante contrato, que la obligación de asegurar a los trabajadores de la construcción, sea a cargo de la empresa contratista.
Mas sin embargo, usted contrata directamente a los trabajadores de la construcción, usted tendrá la obligación de darse de alta como patrón ante el IMSS.
Si no lo hace, la ley indica que pueden ir a visitarlo y dejarle un requerimiento, dándole un plazo para que demuestre haber cumplido con sus obligaciones de seguridad social. Lo cual pudiera resultar en una multa en caso de ser patrón omiso.
Por el contrario si usted voluntariamente quiere regularizarse, debe de reunir los requisitos que la ley indica para tramitar su alta patronal como patrón de la construcción en la subdelegaron IMSS correspondiente.
Una vez que este dado de alta como patrón, deberá tramitar su firma digital para poder dar de alta a los trabajadores de la construcción ante el IMSS. Debe acceder, ya con su firma digital, al portal de internet, en el llamado IDSE, para poder realizar las gestiones necesarias y movimientos afiliatorios.
También deberá registrar su obra de construcción en el sistema SIROC, antes era el SATIC, dicho sistema significa por sus sigas: SERVICIO INTEGRAL DE REGISTRO DE OBRAS DE CONSTRUCCIÓN, en el cual deberá dar de alta su obra y realizar los cambios de situación hasta su terminación, este sistema es un medio para poder dar aviso de las incidencias de su obra de construcción, simplificándolas por el medio digital.
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