Multas del IMSS por riesgo de trabajo
En el mes de febrero es fundamental que se presente la Declaración Anual de Riesgo de Trabajo (DART), o Prima de Riesgo de Trabajo ante el IMSS.
Todas las empresas sin importar su tamaño, por el solo hecho de tener trabajadores, siempre existe la probabilidad de que puedan tener un accidente, dependiendo de la siniestralidad o peligrosidad de las operaciones que realice la empresa.
Al inscribirse por primera vez en el Instituto o al cambiar de actividad, las empresas cubrirán, en la clase que le corresponda conforme al reglamento de la Ley del Seguro Social (LSS), la prima media que marca el artículo 196. Una vez ubicada la empresa en la prima a pagar, los siguientes aumentos o disminuciones de la misma se harán conforme al párrafo primero del artículo 72 de la LSS. Esta prima servirá para cotizar durante el primer ejercicio de actividades y deberá revisar anualmente su siniestralidad, conforme al período y plazo que señale el reglamento, para determinar si permanecen en la misma prima, se disminuye o aumenta.
Es importante recordar que no se tomarán en cuenta para la siniestralidad de las empresas, los accidentes que ocurran a los trabajadores al trasladarse de su domicilio al centro de labores o viceversa.
Para las empresas de menos de 10 trabajadores, podrán optar por presentar la declaración anual correspondiente o cubrir a prima media que le corresponda conforme al reglamento, de acuerdo al artículo 73 de esta Ley.
De conformidad con el artículo 74, la prima conforme a la cual estén cubriendo sus cuotas las empresas podrá ser modificada, aumentándola o disminuyendola en una proporción no mayor al uno por ciento con respecto a la del año inmediato anterior, tomando en consideración los riesgos de trabajo terminados durante el lapso que fije el reglamento respectivo, con independencia de la fecha en que éstos hubieran ocurrido y la comprobación documental del establecimiento de programas o acciones preventivas de accidentes y enfermedades de trabajo
Así que ya sabes en el mes de febrero deberás presentar tu prima de riesgo para evitar sanciones. Al no cumplir con la obligación de presentar la Determinación de esta Prima, el patrón está sujeto a sanciones y el IMSS puede determinar la prima de riesgo correspondiente con la información que dispone. Si el patrón incumple, presenta extemporáneamente la determinación o utiliza datos falsos o incompletos, de conformidad con el Art. 304B Frac III de la LSS la multa podría ser de 20 a 210 veces la UMA (Unidad de Medida y Actualización).
Av. Revolución #728 Int. 9, Benito Juarez . CDMX
Tel: 0155-5643-2481,
Whatsapp: +52-1-55-2078-7602,
correo eléctronico: info@despachodeabogadosbou.mx
Tel: 0155-5643-2481,
Whatsapp: +52-1-55-2078-7602,
correo eléctronico: info@despachodeabogadosbou.mx
[wpforms id=»122″ title=»false» description=»fals