Multas del SAT por no facturar

Multas del SAT por no facturar

Resultado de imagen de Multas del SAT por no declarar

Multas del SAT por no facturar

El Código Fiscal de la Federación nos indica que habrá sanciones para aquellas personas que no expidan comprobantes fiscales digitales. Y, ojo, debemos tener bien claro que un comprobante fiscal digital, también llamado, CFDI, puede ser una factura, un recibo de honorarios, un recibo de nómina y hasta un recibo de arrendamiento, básicamente todo.

Lo que acabo de mencionar, viene asentado en el artículo 83 en su fracción VII. Pero ahí no termina la cosa. Pues nos menciona que la infracción no solo es por no expedirlos, sino también por no entregarlos.

La sanción por no expedir CFDI  va desde $15,280 hasta $87,350. Pues eso solo es el inicio, pues si reincides, la autoridad puede clausurar de 3 a 15 días tu negocio. Todo viene asentado en el artículo 84 del CFF.

De acuerdo con los lineamientos de la autoridad fiscal y para evitar ser acreedor a una sanción se deben tomar en cuenta las siguientes prácticas indebidas:

-Exigir cualquier dato distinto al Registro Federal de Contribuyente (RFC).

-Aumentar el costo del producto o servicio, una vez que el cliente indica que requiere factura.

-Obligar a dar un correo electrónico. Cualquier contribuyente puede revisar en tiempo real que le llegue su factura, por lo que proporcionar el correo sólo es una facilidad.

-Obligar al receptor a generar factura en un portal. Se debe entregar la factura en el establecimiento donde se lleva a cabo la operación y al momento de realizarla.

-Negar la factura argumentando que no se solicitó en el momento de la transacción. Se puede emitir posteriormente, mientras sea en el mismo año de la operación.

-Registrar una forma de pago distinta a la recibida o registrada sin que esté pagada.

-Exigir al receptor de la factura que informe qué uso le dará. Si este campo no lo proporciona el receptor, se deberá utilizar la clave “P01 Por definir” o la que señale el receptor.

-Negar la emisión de la factura cuando se paga en efectivo, ya que se debe dar, sin importar el medio por el cual se realizó el pago.

-No emitir la factura cuando se reciben pagos por anticipo.

-No emitir factura. El SAT no tiene suscrito convenio con ningún contribuyente, cámara o asociación que evite la emisión de facturas electrónicas.

Av. Revolución #728 Int. 9, Benito Juarez . CDMX
Tel: 0155-5643-2481,
Whatsapp: +52-1-55-2078-7602,
correo eléctronico: info@despachodeabogadosbou.mx

 

Deja una respuesta