Multas por omision de declaraciones

Si no cumples en tiempo y forma con tus obligaciones fiscales podrías ser sancionado con un amplio catálogo de multas que van desde los 1,240 pesos hasta los 30,850 pesos, advirtió el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Actualmente se equipara al delito de defraudación fiscal la omisión de presentar por más de doce meses las declaraciones que tengan carácter de definitivas, así como las de un ejercicio fiscal que exijan las leyes fiscales, dejando de pagar la contribución correspondiente.

Debido a lo anterior, se recomienda a los asalariados y personas físicas con ingresos por salarios y por salarios y otras actividades, como por ejemplo arrendamiento, presentar su declaración anual de impuestos.

Sabemos que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) tiene la facultad de emitir resoluciones, mismas que en ocasiones puede ser catalogadas por los contribuyentes como perjudiciales, agraviantes; ya de antemano sabemos que el sistema tributario en el país, es complejo, si lo era anteriormente ahora con las reformas es mucho mas, esto ocasiona un sin fin de problemas para que los contribuyentes cumplan en tiempo y forma con lo que marcan las leyes fiscales, y por lo mismo para la autoridad fiscal, en este caso el SAT  en el afán de vigilar a los sujetos pasivos emite resoluciones que suelen apartarse de la autentica norma jurídica dañando los intereses de estos.

Así que debido a esto y con el objeto de resguardar estos intereses y hacer valer los derechos del contribuyente, dentro de las propias leyes fiscales se implementaron diversos recursos administrativos como medios de defensa, de los cuales se encuentran el recurso de revocación, el procedimiento contencioso administrativo o juicio de nulidad y el juicio de amparo, que se podrán utilizar dado el caso.

El más apto en estos casos es el procedimiento contenciosos administrativo que es el resultado de la impugnación de un acto o resolución dictado dentro de un procedimiento administrativo en donde se alega que el acto impugnado no se ajustó a derecho.

También se prevé la reducción del equivalente al 100%  en las multas impuestas por omisión total o parcial en el pago de las contribuciones propias, es decir, que no se incluyen las retenidas, recaudadas o trasladadas, durante el ejercicio de las facultades de comprobación de las autoridades fiscales.

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