Si a usted lo demandaron por despido injustificado, previo a dar contestación por escrito de la demanda usted a través de su abogado puede interponer todas las excepciones legales que le convengan, por ejemplo, la de prescripción, esto es que el trabajador no presentó su demanda en tiempo, la de falta de personalidad si el apoderado no acreditó bien su personalidad a través de la carta poder o el poder notarial que le expidió el trabajador, la de falta de legitimación activa en virtud de que parte de lo que reclama no le pertenece a usted pagarla, la de terminación voluntaria, de terminación de trabajo ya que el actor estuvo ausente por más de dos años, la de pago consistente en que usted le cubrió en forma oportuna su sueldo y prestaciones, etcétera; una vez que haya interpuesto todas las excepciones usted procede a contestar la demanda negando o afirmando los hechos y ofreciendo pruebas, tales como la testimonial, documentales, confesional, etc.
Si usted se defiende bien lo más seguro es que el trabajador quiera llegar a un convenio ya que lo que generalmente pretenden ellos es recibir un dinero lo más pronto posible.
Otra opción (si es que se amerita y le conviene a usted y tomando en cuenta que tiene usted que pagar abogado y en durante el juicio los salarios caídos) es que antes de que se celebre la audiencia lleguen a un acuerdo y presente él un desistimiento en contra de usted ratificado ante la presencia de la junta.
Y la otra (no muy recomendable) es que en la misma audiencia lleguen a un convenio
Las demandas más comunes son por despido injustificado, ganando un 50% de este tipo de demandas, un ejemplo del desconocimiento de los procedimientos en el momento de un despido es la notificación por parte de la empresa al trabajador sobre las causas de su despido y la fecha de la ejecución de la misma. Si el empleado hace caso omiso al aviso y no lo firma, la empresa tiene cinco días siguientes a la fecha de rescisión para notificarlo ante los tribunales laborales correspondientes. Sin embargo, muchos fallan en este paso. «La falta de aviso al trabajador o a la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, por si sola basta para considerar que el despido es injustificado.
Tomando en cuenta todo lo anterior tome sus precauciones y con una buena asesoría legal puede llegar a un buen arreglo en donde no salgan afectadas ninguna de las dos partes.