Que hacer en caso de invacion a un ejido

Si una fracción de terreno había sido invadida erróneamente sin haber sido afectada por una resolución presidencial dotatoria de ejidos, y la persona comisionada para investigar tal hecho, hizo saber a los ejidatarios esta circunstancia, manifestándoles que la resolución presidencial no afectaba esos terrenos y, no obstante haberse puesto en práctica todos los recursos posibles para hacer respetar la resolución presidencial, evitando la invasión de esos terrenos, no fue posible que ésta quedara insubsistente, por la oposición manifiesta y sistemática del comisariado ejidal respectivo y de los ejidatarios, resulta que, como el artículo 353 del Código Agrario consigna la responsabilidad de los comisariados ejidales, por invadir tierras, inducir o tolerar que los ejidatarios o campesinos se posesionen de ellas, fuera de lo dispuesto por el mismo código, los hechos mencionados bastan para tener por comprobado el cuerpo del delito y la responsabilidad propuesta de los miembros del comisariado de que se trata.

Si la invasión de tierras de un poblado ejidal denunciada por el comisariado ejidal, se efectuó por un particular que no tenía el carácter de miembro de un comité ejecutivo agrario ni de un comisariado ejidal, y sin la ayuda de ninguna autoridad agraria, no se está en el caso de que se surta competencia para las autoridades federales, dado que los terrenos invadidos no son propiedad de la Federación, toda vez que el artículo 51 de la Ley Federal de Reforma Agraria vigente dice que a partir de la publicación de la resolución presidencial en el «Diario Oficial» de la Federación, el núcleo de población ejidal, es propietario de las tierras y bienes que en la misma se señale con las modalidades y regulaciones que la ley establece.

De donde se concluye, sin lugar a dudas, que la competencia para conocer del juicio respectivo corresponde a las autoridades del fuero común, por no quedar comprendido el caso en ninguno de los incisos del artículo 41 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, que fija cuáles son los delitos de orden federal.

Deja una respuesta